Ahora puede comenzar el trámite por Internet
Se encuentra disponible un nuevo servicio que le permitirá declarar los objetos transportados como equipaje a través de Internet. De esta manera, todos los viajeros podrán confeccionar el formulario OM 121 con anticipación a su viaje y así evitar demoras en su presentación ante la Aduana.
Para utilizar al servicio y generar el formulario, sólo deberá ingresar a la página web: www.afip.gob.ar, dentro de Accesos, al ítem denominado “Declaración de Objetos – F OM 121”.
Allí deberá cargar sus datos personales, la fecha y lugar de salida del país, y los objetos que se llevará. De esta manera podrá imprimir el formulario para presentarlo en la Aduana al momento de viajar.
Si desea acceder a un Instructivo Paso a Paso para conocer las pantallas del sistema y cómo utilizarlo, ingrese Aquí.
Recuerde que los viajeros que transportan como parte de su equipaje acompañado bienes que no sean de origen nacional, deben declararlos y exhibirlos con anterioridad a su salida hacia el exterior ante el servicio aduanero para evitar la exigencia del pago de los tributos que gravan la importación para consumo al retornar.
Este registro se hace a través del Formulario OM 121, el cual es personal e intransferible y deberá presentarlo ante el servicio aduanero en ocasión de su retorno.
Se encuentra disponible un nuevo servicio que le permitirá declarar los objetos transportados como equipaje a través de Internet. De esta manera, todos los viajeros podrán confeccionar el formulario OM 121 con anticipación a su viaje y así evitar demoras en su presentación ante la Aduana.
Para utilizar al servicio y generar el formulario, sólo deberá ingresar a la página web: www.afip.gob.ar, dentro de Accesos, al ítem denominado “Declaración de Objetos – F OM 121”.
Allí deberá cargar sus datos personales, la fecha y lugar de salida del país, y los objetos que se llevará. De esta manera podrá imprimir el formulario para presentarlo en la Aduana al momento de viajar.
Si desea acceder a un Instructivo Paso a Paso para conocer las pantallas del sistema y cómo utilizarlo, ingrese Aquí.
Recuerde que los viajeros que transportan como parte de su equipaje acompañado bienes que no sean de origen nacional, deben declararlos y exhibirlos con anterioridad a su salida hacia el exterior ante el servicio aduanero para evitar la exigencia del pago de los tributos que gravan la importación para consumo al retornar.
Este registro se hace a través del Formulario OM 121, el cual es personal e intransferible y deberá presentarlo ante el servicio aduanero en ocasión de su retorno.
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